domingo, 8 de agosto de 2010

Marcó del Pont y los derechos de propiedad

En una declaración pública del miércoles 4 de agosto, los empresarios nucleados en la Asociación Empresaria Argentina (AEA) y sus colegas de la Unión Industrial Argentina (UIA) coincidieron en que "un marco institucional republicano sólido, la seguridad jurídica, reglas de juegos estables y previsibles y el pleno respeto por la actividad privada, son condiciones indispensables para un desarrollo sostenido y continuado que incluya a todos los argentinos".

Declaraciones que en cualquier lugar del mundo hubieran pasado desapercibidas ya que apuntan a cierta normalidad institucional, obtuvieron una dura respuesta por parte de la presidenta del Banco Central, Mercedes Marcó del Pont, quién relativizó el concepto de seguridad jurídica con una catarata de afirmaciones destempladas y descontextualizadas. En efecto, algunas de las frases de Marcó del Pont fueron:

¿De qué hablan algunos empresarios cuando hablan de seguridad jurídica?

¿Qué seguridad jurídica garantizaba la convertibilidad, que parecen extrañar estos empresarios, que condujo a la Argentina a una de sus peores crisis e incluyó la ruptura de todos los contratos?

¿Cuál era la seguridad jurídica que tuvieron los ahorristas que sufrieron la expropiación con el Plan Bonex y posteriormente con el corralito y el corralón? ¿Qué seguridad jurídica protegió los ahorros de los trabajadores que fueron presa de los negocios de las AFJP?

¿Qué seguridad jurídica se les garantizó a los jubilados y empleados públicos cuando el gobierno de la Alianza les recortó los haberes?

Con el fin de ordenar la discusión y valorar la argumentación de Marcó del Pont es conveniente aclarar que en su razonamiento se mezclan dos principios económicos distintos. Por un lado, la seguridad jurídica que garantiza los derechos de propiedad; por el otro, la sana administración de la política macroeconómica que evita la volatilidad macro, la crisis u otra patología (hiperinflación, default, maxidevaluación). Si un país pretende crecer de manera sostenida debe respetar ambos principios y no solamente uno de ellos!

En los ’90 se respetaron derechos de propiedad, pero no se garantizó la sostenibilidad de la política macroeconómica. En particular, la fijación del tipo de cambio generó atraso cambiario, problemas de solvencia externa y solvencia fiscal que terminaron afectando los derechos de propiedad, como lo señala Marcó del Pont. Es sabido que toda crisis macroeconómica de proporciones induce a la violación de los derechos de propiedad, y esto constituye una de las razones para evitarlas.

Puede entenderse que un empresario sea incapaz de evaluar la sostenibilidad de una política económica dada (no ha sido formado para ello) y que no perciba entonces, que una cierta combinación de políticas conduce al abismo y la crisis. Sin embargo, es imperdonable que un economista no defienda a rajatabla el respeto de los derechos de propiedad. Garantizar los derechos de propiedad y el cumplimiento de la ley, para que los inversores puedan apropiarse de las utilidades que generan sus emprendimientos, es un principio universal de la teoría económica. No existe corriente de pensamiento económico alguna que omita este requisito en una estrategia de crecimiento.

En ese sentido, la idea de desvalorizar la importancia del reclamo empresario es simplemente una estupidez, sobre todo cuando hay varios indicios concurrentes de que en Argentina hay un problema de baja apropiabilidad privada de los retornos de la inversión por fallas del gobierno vinculadas al no respeto de los derechos de propiedad.

Cuanto más productivo sería para el país que Marcó del Pont abandone la militancia, y se ocupe de eliminar una de las fallas del gobierno que está a su alcance, el impuesto inflacionario, que viola el derecho de propiedad de los argentinos que han confiado en el peso como reserva de valor.

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